Productos – Responsabilidad Civil

Responsabilidad Civil


Las pólizas de responsabilidad civil garantizan las eventuales indemnizaciones y los gastos de defensa por daños y perjuicios, debidos a reclamaciones de un tercero y ocasionados en el transcurso de una actividad profesional o en la vida privada, de la cuales usted sea responsable, tanto por actos propios, como por los de aquellos de los que los que deba responder (empleados, inmuebles…), trasladando el pago de indemnización a la Compañía Asegurada según las condiciones de las póliza.

Esas reclamaciones pueden llevar al reclamado a comprometer su patrimonio en el caso de hacer frente a indemnizaciones elevadas.

Responsabilidad Civil

Coberturas

R.C. Explotación

Es el objeto del seguro y la cobertura básica de la póliza.

El Asegurador toma a su cargo la responsabilidad extracontractual que pueda derivarse para el asegurado, de acuerdo con los artículos 1902 y siguientes del Código Penal, como consecuencia de los daños y perjuicios involuntariamente ocasionados a terceros por hechos que tengan relación directa y deriven del riesgo (actividad) especificado en las Condiciones Particulares.

R.C. Patronal

Por esta cobertura se garantiza al Asegurado, hasta el 100% de la suma asegurada por siniestro, con el LIMITE POR VÍCTIMA ESTABLECIDO, por las reclamaciones o indemnizaciones pecuniarias que venga obligado a satisfacer por sentencia firme en caso de reclamaciones presentadas por el personal asalariado, o sus derechohabientes, a causa de daños corporales o muerte de dicho personal, debido a accidentes de trabajo que padezcan en el ejercicio de sus funciones al servicio del Asegurado, al amparo de las facultades que confiere la Ley de Bases de la Seguridad Social y con absoluta independencia de toda indemnización que pudiera corresponder en virtud del Seguro de Accidentes de trabajo o de cualquier otro seguro voluntario existente.

R.C. Trabajos Terminados

Se garantiza la responsabilidad civil del Asegurado por daños corporales y/o materiales y sus consecuencias, causados a terceros, siempre que sean producidos por trabajos realizados si los daños se producen después de su entrega o terminación.

R.C. Productos

Cubre reclamaciones por daños causados a un tercero por el producto fabricado y/o suministrado por el asegurado una vez el producto haya sido terminado y entregado.

R.C. Cruzada

Por esta cobertura se considera que los subcontratistas intervinientes en las obras tienen la condición de terceros frente al contratista principal (tomador del seguro) y al mismo tiempo se consideran terceros entre sí.Por tanto y dentro de la cobertura de la póliza quedan comprendidos:

  • Los daños personales que se causen entre sí los subcontratistas o entre los respectivos empleados de los mismos.
  • Los daños personales causados por el contratista principal a los subcontratistas que puedan intervenir en los trabajos sobre los que el Asegurado figure como contratista principal.

Quedan expresamente EXCLUIDOS DE ESTA COBERTURA los daños materiales.

R.C. Fianzas y Defensa Penal

Por esta cobertura el Asegurador garantiza la defensa del Asegurado y de las demás personas amparadas por la póliza cuando tenga lugar un siniestro comprendido en las coberturas de la misma, en los procesos penales que se sigan, aún después de liquidadas las responsabilidades civiles garantizadas.

Así mismo, en los procesos penales, el Asegurador constituirá las fianzas para conseguir la libertad provisional del procesado y para responder de las costas judiciales, excluidas las multas, con límite normalmente del 50% de la suma asegurada por siniestro.

El Asegurador no sustituirá al Asegurado en las responsabilidades exigibles al mismo en el orden penal.

R.C. Subsidiaria

El Asegurador garantiza la responsabilidad civil subsidiaria que pudiera serle legalmente exigida al Asegurado como consecuencia de daños ocasionados a terceros por actos u omisiones de los subcontratistas que puedan intervenir en los trabajos sobre los que el Asegurado figure como contratista principal.

RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL / PROFESIONAL


R.C. General

Garantiza reclamaciones consecuencia de daños directos, materiales o personal, que causen un perjuicio al reclamante.

R.C. Profesional

Cubre aquellos errores o negligencias cometidas durante el desarrollo de una actividad que generan un perjuicio económico, personal o material a un tercero.

Solicite información:

* denota un campo obligatorio

Tomador del Seguro

Descripción del riesgo